Cambio regulatorio del gas natural
Desde el 1 de octubre de 2021 está vigente en España la normativa sobre los nuevos peajes de acceso del gas natural, en esta nueva normativa se modifica la metodología de cálculo utilizada para determinar los precios que paga el consumidor para cubrir los costes regulados del sistema gasista y se determina un nuevo coste en la factura denominado cargos del sistema.
Este importe de los peajes de acceso de gas natural es regulado por el Gobierno y la CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) y se aplica tanto en el término fijo como en el término variable de tu factura.
El RDL 1/2019, de 11 de enero, asignó a la CNMC la función de definir la estructura y la metodología para el cálculo de los peajes y cánones de los servicios básicos de acceso a las instalaciones gasistas y, al Gobierno, la estructura y la metodología de cálculo de los cargos destinados a cubrir otros costes regulados del sistema que no estén asociados al uso de las instalaciones.
En la Circular 6/2020, de 22 de julio, la CNMC estableció la metodología de cálculo de los peajes y en el RD 1184/2020, de 29 de diciembre, el Gobierno por su parte la de los cargos del sistema gasista.
¿Qué son los peajes de acceso y los cargos del sistema?
Hasta el 30 de septiembre de 2021 en la factura del gas solo aparecía un término asociado al peaje de acceso que englobaba todos los costes del sistema gasista. Desde el 1 de octubre de 2021, se desglosa en dos términos diferentes según a qué se destine cada importe, son los peajes de acceso y los cargos del sistema.
Los peajes de acceso están asociados al uso de las instalaciones del sistema gasista (mantenimiento de la red de tuberías, regasificación, transporte y distribución del gas natural).
Los cargos del sistema gasista son los destinados a financiar los costes no vinculados al uso de dichas instalaciones.
- Tasa de la CNMC y del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
- Coste diferencial del suministro de gas natural licuado o gas manufacturado y/o aire propanado distinto del gas natural en territorios insulares que no dispongan de conexión con la red de gasoductos o de plantas de gas natural licuado.
- Medidas de gestión de la demanda.
- Anualidad correspondiente a los desajustes temporales y al déficit acumulado a 31 de diciembre de 2014.
- En su caso, la retribución regulada del operador del mercado organizado de gas natural.
- Cualquier otro coste atribuido expresamente por una norma con rango legal.
¿Qué son los peajes de acceso y los cargos del sistema?
Hasta el 30 de septiembre de 2021 en la factura del gas solo aparecía un término asociado al peaje de acceso que englobaba todos los costes del sistema gasista. Desde el 1 de octubre de 2021, se desglosa en dos términos diferentes según a qué se destine cada importe, son los peajes de acceso y los cargos del sistema.
Los peajes de acceso están asociados al uso de las instalaciones del sistema gasista (mantenimiento de la red de tuberías, regasificación, transporte y distribución del gas natural).
Los cargos del sistema gasista son los destinados a financiar los costes no vinculados al uso de dichas instalaciones, y son:
- Tasa de la CNMC y del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
- Coste diferencial del suministro de gas natural licuado o gas manufacturado y/o aire propanado distinto del gas natural en territorios insulares que no dispongan de conexión con la red de gasoductos o de plantas de gas natural licuado.
- Medidas de gestión de la demanda.
- Anualidad correspondiente a los desajustes temporales y al déficit acumulado a 31 de diciembre de 2014.
- En su caso, la retribución regulada del operador del mercado organizado de gas natural.
- Cualquier otro coste atribuido expresamente por una norma con rango legal.
¿Cómo te afecta el cambio?
De tarifas de acceso a peajes de acceso
Las antiguas tarifas de acceso, 3.1, 3.2, etc desaparecen de tu factura y en su lugar se incluyen nuevos peajes de acceso, RL.1, RL.2, etc. que vienen determinados por el consumo del punto de suministro. Para hacer el cálculo del consumo, las empresas distribuidoras considerarán el consumo registrado en el año anterior. De esta manera, cada usuario paga según el uso que hace de las redes de gas y la utilización del suministro. En el caso de un nuevo suministro, se determinará en función del consumo previsto.
Te ayudamos a resolver tus dudas
Peajes de acceso y cargos de gas en función del consumo
Desaparecen los tramos tarifarios por presión y pasan a determinarse solo por consumo. La cuantía del importe peaje de acceso y los cargos variará en función del peaje que te corresponda. En la revisión anual la distribuidora podrá cambiarte de tarifa en función de tu consumo real del año anterior.
En caso de disconformidad con la reubicación de tarifa, debes dirigirte a tu empresa comercializadora.
Revisión anual del peaje de acceso
La actualización de los peajes de acceso se realizará el 1 de octubre, y se considera el año de gas, esto es, el periodo comprendido entre el 1 de octubre y el 30 de septiembre. Hasta ahora, la actualización del importe de los peajes de acceso se realizaba el 1 de enero teniendo en cuenta el año natural.
Este año, la asignación de los suministros a los nuevos grupos tarifarios se realizará teniendo en cuenta el consumo registrado desde el 1 de julio de 2020 hasta el 30 de junio de 2021.
¿A quién aplica este cambio?
El cambio aplica a todos los usuarios con servicio de gas natural. Es un cambio regulatorio del sector y todas las comercializadoras deben aplicarlo.
Los costes de peajes y cargos de sistema gasista son los mismos para todos los clientes dependiendo del tramo de consumo en el que se encuentren, y son los mismos para todas las comercializadoras.
Nuevos peajes de acceso
Los nuevos peajes de acceso de gas natural vienen determinados por el consumo anual del usuario y se revisan anualmente y de forma automática.
En su gran mayoría los usuarios domésticos se encuentran en los grupos RL1, RL2 y RL.3, correspondiendo las siglas RL a “Redes Locales”. Con la anterior clasificación, los tramos eran más generalistas, esta nueva distribución pretende lograr un ajuste más acorde con el consumo de cada punto de suministro.
Los clientes industriales, los mayores consumidores de gas, también se ven afectados por el cambio de nomenclatura.
A continuación, te ofrecemos el detalle de las equivalencias de las antiguas tarifas 3.1, 3.2, 3.3, etc. a los nuevos peajes de acceso RL.1, RL.2, RL.3, etc.
¿Qué más es interesante conocer?
Estos cambios están en vigor desde el 1 de octubre de 2021.
Si tienes más dudas sobre los cambios en los peajes de gas natural puedes enviarnos tu consulta