Si hueles a gas o sospechas que hay una fuga llámanos: 900 750 750
Logotipo de Nedgia de cabecera

¿Pueden las compañías interrumpir el suministro si detectan fraudes?

El RD 1434/2002 de 31 diciembre 2002, en su artículo 56.1, habilita a las distribuidoras a suspender el suministro a sus usuarios, entre otros, en los siguientes casos:


a) Cuando se establezcan derivaciones para suministrar gas a una instalación no prevista en el contrato.

b) Cuando las instalaciones receptoras o aparatos consumidores de gas no cuenten con las autorizaciones necesarias.

c) Cuando se manipule el equipo de medida o control o se evite su correcto funcionamiento.

Compartir