Qué es el impuesto a los hidrocarburos y dónde se aplica

El impuesto de hidrocarburos es un impuesto especial e indirecto que se aplica a todos aquellos combustibles que son utilizados como carburante.

Qué es el impuesto a los hidrocarburos

Los hidrocarburos son compuestos orgánicos conformados por átomos de hidrógeno y carbono.

Se presentan en estado líquido, sólido o gaseoso y sus ámbitos de uso engloban desde los usos industriales (creación de plástico, tinta, goma o fibras sintéticas) hasta los usos particulares, como la gasolina, el gasoil o el gas y que se utilizan para la movilidad o para cocinar, calentar las casas o ducharse.

El impuesto sobre hidrocarburos es uno más de los impuestos que existen en España y este en concreto se aplica a los carburantes, no siendo el único impuesto al tener que abonar también el IVA y otros impuestos de carácter regional como el “céntimo sanitario”, ya en desuso por sentencia judicial, como veremos posteriormente.

¿Cómo afecta a los diferentes hidrocarburos?

El impuesto sobre hidrocarburos está diseñado en origen como un impuesto indirecto y de aplicación extrafiscal que se dirige al consumo de hidrocarburos.

De competencia estatal, se trata de un impuesto que se aplica a los productos en los que exista consumos de combustibles o carburantes. La aplicación del impuesto se implantó con la Ley 38 de 1992 y también a través del Real Decreto 1165 de 1995.

Los hidrocarburos presentes en la actualidad son la gasolina con o sin plomo, el aceite ligero, el queroseno, otros aceites medios, el gasóleo, el fuelóleo, el gas licuado de petróleo (GLP), el gas natural, el bioetanol, el biodiésel, los biocarburantes y los biocombustibles de cualquier tipo, como el biogás en forma de biometano o también denominado como gas verde que estamos distribuyendo actualmente desde Nedgia. No serían hidrocarburos el carbón, el lignito y la turba.

El impuesto sobre hidrocarburos no persigue simplemente la recaudación. El origen y la implementación de este impuesto busca desde el primer momento salvaguardar el medio ambiente y reducir la dependencia energética.

Se trata de un impuesto para regular las emisiones de CO2 provocadas por el uso de carburantes desde usuarios a nivel particular a las empresas.

Por tanto, en la actualidad, quedan fuera del abono de este impuesto todos aquellos usuarios particulares y empresas que utilicen biocombustibles y biocarburantes. Además de reducir la dependencia energética, su impacto sobre el medio ambiente es mucho menor, al aprovechar la economía circular, la economía local y ser de una fácil distribución, como ya hemos visto con el ejemplo del gas verde, distribuido por Nedgia.

Si nos centramos específicamente en el impuesto a los hidrocarburos podemos decir que se trata de un impuesto que es recaudado a nivel estatal y, por tanto, es la Hacienda Española o Agencia Tributaria la que se encarga de regularlo y de que los usuarios lo abonen por los cauces necesarios.

Para poder establecer una regla sencilla se fijó en 1.000 litros el gravamen a partir del que se impone dicho impuesto. Cada combustible cuenta con un gravamen distinto en función de una serie de parámetros que establece la Agencia Tributaria quedando del siguiente modo los gravámenes para los diferentes tipos de hidrocarburos, que se abonan a la Agencia Tributaria con los siguientes importes:

  • Gasolina sin plomo 97 octanos: 431,92 euros por cada 1.000 litros o 0,432 euros por litro.
  • Gasolina con plomo: 433,79 euros por cada 1.000 litros o 0,433 euros por litro.
  • Demás gasolinas sin plomo: 400,69 euros por cada 1.000 litros o 0,401 euros por litro.
  • Gasóleo de automoción: este es el caso que más ha subido pasando de 307 euros por cada 100 litro a 407 euros por litro desde enero de 2025. Podemos afirmar que el 42% del precio del “diésel” en España corresponde a impuestos, mostrando la clara tendencia europeísta a eliminar este combustible y limitar su uso para que los ciudadanos valoren otras alternativas.
  • Gasóleo como carburante: se pagan 78,71 euros por cada 1.000 litros.
  • Fuelóleos: 14 euros por cada 1.000 litros.
  • Gasóleo de uso agrícola o pesquero: exento de carga fiscal.
  • Biodiésel como carburante: 307 euros por cada 1.000 litros o 0,307 euros por litro.
  • Otros usos de biodiésel: 78,71 euros por cada 1.000 litros o 0,078 euros por litro.

Como ya habíamos comentado, este sólo sería el impuesto sobre hidrocarburos, a éste, de cara al usuario final habría que añadirle un 21% de IVA y los posibles gravámenes extraordinarios como el ya mencionado céntimo sanitario.

En concreto, este último, el “céntimo sanitario” se sumó desde el 1 de enero de 2013 al impuesto de hidrocarburos. Hace ahora un año el Tribunal Supremo declaró ilegal el “céntimo sanitario” que se aplicó desde esas fechas, e incluso en los años 2011 y 2012 y se ha abierto la puerta a devoluciones de miles de millones que pueden ser gestionadas a través de esta página de la Agencia Tributaria: Solicitud de devolución del IVMDH (céntimo sanitario).

Si quieres solicitar tu devolución sólo tienes que seguir los pasos que indica el portal de la Agencia Tributaria.

El abono del impuesto de hidrocarburos se aplica en todo el territorio español, exceptuando a Canarias, Ceuta y Melilla.

También es importante saber que hasta el 2019 el gravamen que se aplicaba era distinto por Comunidad Autónoma, gravando de forma más alta a Madrid, La Rioja, País Vasco, Navarra, Extremadura, Asturias, Cantabria, Castilla- León y Aragón. A partir del 2019 este impuesto se ha aplicado de forma homogénea, debido a las constantes quejas por parte de estas comunidades.

¿Cómo afecta este impuesto específicamente al gas natural?

Si eres usuario de gas natural de forma particular o empresarial, en la factura existe un lugar en el que se detalla específicamente la cantidad que debes abonar para el impuesto sobre hidrocarburos. Como ya hemos señalado previamente en nuestro artículo ¿Cómo entender mi factura de gas natural?”, la factura del gas, en el apartado “Detalle de tu facturación” está compuesta por los siguientes conceptos esenciales.

Los conceptos esenciales que figuran son:

  1. Periodo de facturación. El intervalo de tiempo que nos van a facturar por la energía consumida.
  2. Producto y tarifa. El nombre del producto o servicio que hemos contratado junto con la tarifa contratada.
  3. Consumo de gas. Aquí es donde se incluye el impuesto especial sobre hidrocarburos y el alquiler del contador.
  4. Descuentos aplicables.
  5. Total de gas natural. Es la suma de los importes de suministro, sin el IVA ni servicios extra.
  6. Total, a pagar. Es la suma de los importes incluyendo IVA y servicios derivados.

Como ya hemos comentado el impuesto sobre hidrocarburos del gas natural surge en el año 2013. Una tasa que en principio corresponde pagar por emitir y generar dióxido de carbono hacia la atmósfera. Su finalidad, por tanto, es tratar de reducir la emisión de CO2 y ayudar a que se regule el consumo de gas natural entre las personas. Hay que señalar en este punto que el gas natural es uno de los menos contaminantes y considerado como energía de transición a otras menos contaminantes, por su menor deterioro del medio ambiente debido a las emisiones.

El caso del gas natural es particular, si bien habíamos visto las diferentes tasas que correspondían pagar en el caso de los hidrocarburos líquidos, el gas natural al tratarse de un carburante en estado gaseoso aplica los llamados Gigajulios, ya que se mide en términos energéticos. La tasa sobre hidrocarburos de gas natural se aplica con un coste de 0,00234 euros por cada kWh consumido. Es decir, si tenemos en cuenta el consumo medio de gas en España, que ya tratamos en nuestro artículo “Cúal es el consumo medio de una casa”, podemos afirmar que en una casa de tipo medio que consume gas para cocinar, calentar el agua y como calefacción y que cuenta, por tanto, con un consumo medio de 7.921kWh, sólo tendríamos que multiplicar por 0,00234 euros y ya sabríamos la parte que corresponde al impuesto de hidrocarburos: en este caso 18 euros y medio.

En resumen, podemos afirmar que la cantidad que se paga no es fija. Es por ello, que para reducir el consumo y reducir en paralelo el porcentaje de impuestos que pagamos asociados al uso de este es vital promover medidas para optimizar el ahorro, bien sea acortando las duchas, optimizando el uso de la calefacción utilizando partes concretas de la casa o recordando las famosas MAES, o medidas de ahorro energético, que ya hemos tratado en este blog. De esta forma, reduciremos el pago del impuesto y contribuiremos a mejorar el medio ambiente.

¿Hay posibles exenciones?

Sí, existen exenciones y posibles devoluciones.

En el caso de las exenciones encontramos:

  • El gas natural cuando es usado para usos que no incluyan el carburante o el combustible. 
  • Avituallar carburante en navegación aérea y marítima. 
  • Transportes por ferrocarril o en trabajos de dragado. 
  • Construcciones, pruebas y mantenimientos de embarcaciones y aeronaves. 
  • Proyectos de prueba de productos menos contaminantes. 

En el caso de las devoluciones aplican a dos casos concretos: 

  • Devolución parcial en el caso del gasóleo para uso profesional. Si el carburante es usado para transportar mercancías por carretera, o en el transporte de pasajeros y taxis.  
  • Devolución en actividades vinculadas al campo: agricultura, horticultura, ganadería y silvicultura.  

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